Convenio seguridad privada 2022

Como ya vimos en la negociación del convenio seguridad privada 2022, ninguna mejora en este, para este año.

Este año además con la complicidad añadida de CC.OO, que junto con UGT y USO, nos han vuelto a disminuir los salarios respecto al IPC real, restando aún más nuestro ínfimo poder adquisitivo. Lo han publicado el día 12 de enero de 2022 en el BOE, después de haberlo acordado el 12 de octubre de 2021 como os habíamos adelantado.

Aquí lo tenéis.

PDF descargar el nuevo convenio colectivo de seguridad privada

Convenio seguridad privada 2022

Nuestra opinión

Criticamos que los firmantes, (la «banda» empresarial, UGT, CCOO y USO) no han tratado la posibilidad de firmar un Convenio seguridad privada 2022 de tres años para que los profesionales recuperen así parte del poder adquisitivo que han perdido. En este sentido, calificamos muy insuficiente la subida lineal del 2% en todos los conceptos que introduce el nuevo convenio; recordamos que el IPC subió su tasa interanual en diciembre 2021 hasta el 6,6%, lo que supone que cada trabajador perderá de media 44,5 euros mensuales. Según los cálculos, la pérdida de poder adquisitivo acumulada es de en un 32,6% en los últimos 30 años.

Lamentamos que el nuevo Convenio seguridad privada 2022 no reduce el cómputo de 1.782 horas al año ni altera la consideración del único día de asuntos propios anual como recuperable. El acuerdo tampoco contempla la inclusión de los pluses de transporte y vestuario dentro del salario base; con lo que tampoco se recuperan estos mismos pluses en las tres pagas extraordinarias; a pesar de que su supresión en 2013 se anunció como una simple medida transitoria.

Tampoco han tratado el acuciante tema y problema de la posibilidad de jubilaciones anticipadas.

La negociación.

La negociación del Convenio seguridad privada 2022, ha estado marcada por parte de todos los firmantes por comunicados vacíos y falta de claridad en las propuestas, con lo que este nuevo convenio estatal es una muestra más del maltrato laboral que sufre un colectivo abandonado. Así se demostró durante la pandemia; en la que los vigilantes desempeñaron una labor fundamental y estuvieron altamente expuestos al contagio debido a la falta de medios de protección y a su exclusión de los grupos de riesgo por parte de las Administraciones.

Este nuevo Convenio seguridad privada 2022 ha constituido un agravio, una pantomíma más y una oportunidad perdida para reponer parte de los derechos arrebatados a un sector que sigue siendo víctima de multiples agresiones, intrusismo laboral y un deterioro continuo de sus condiciones laborales.

El Convenio Colectivo de Seguridad Privada para el año 2022 puede consultarse ya tras su publicación en el Reporte Oficial del Estado. El archivo recopila un aumento del 2 por ciento en todos los conceptos salariales para el personal de seguridad privada y numerosas ediciones parciales pactadas por la patronal y los sindicatos. El convenio tiene dentro noticias similares con la igualdad y no discriminación por sexo, la subrogación de servicios, las horas poco comúnes, la uniformidad de los observadores, la desconexión digital o la jubilación anticipada.

Patronal y sindicatos acordaron en octubre del último año que este nuevo convenio ayuda de transición hasta sobrepasar la circunstancia de indecisión generada por la pandemia. Las dos partes se han puesto en compromiso a sostener el diálogo popular con el propósito de acometer un futuro Convenio de Seguridad Privada de más duración que «dignifique el sector» y «contrarreste las malas prácticas». Este convenio tiene el acompañamiento de los sindicatos FeSMC-UGT, Comisiones Obreras del Hábitat y FTSP-USO, de esta forma como las patronales Aproser y Asecops. Los sindicatos ELA (del País Vasco) y CIG (de Galicia) rechazaron el acuerdo por considerarlo insuficiente.

Principales noticias del nuevo convenio

Ahora que ya has visto nuestra el nuevo convenio del 2022 te vamos a indicar los puntos mas relevantes a tener en cuenta.

Incremento salarial

En 2022 incrementan un 2 por ciento todos los conceptos salariales de los trabajadores de la seguridad privada en relación con el último año.

Principio de igualdad y no discriminación

El nuevo convenio establece las superficies de actuación que debe agarrar el plan de igualdad de las compañías. El archivo tiene dentro además una disposición de acuerdo con la cual las empresas tienen que realizar un protocolo que garantice unas condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual, el acoso por razón de sexo y, generalmente, el acoso laboral.

Subrogación

El nuevo Convenio Colectivo de Seguridad Privada mantiene las condiciones de subrogación que se relacionan con los retirados parciales y sus relevistas. Según el artículo 14, estos trabajadores quedan excluidos del mecanismo de subrogación y van a estar siempre en la compañía cesante, siempre que esta cierre o desaparezca, pierda todos sus servicios en el sitio de trabajo o (y esta es la novedad) que jubilado parcial y relevista estén adscritos al servicio objeto de subrogación, «en cuyo caso se van a aplicar las reglas establecidas en los artículos siguientes de esa figura jurídica».

Uniformidad

El pacto laboral establece que los trabajadores que presten servicios que requieran uniformidades particulares van a recibir «las idóneas para el desarrollo de los mismos», en vez de las prendas establecidas predeterminado.

Horas extraordinarias

Como novedad, el nuevo convenio concreta que las compañías deberán abonar a sus trabajadores las horas extras de forma por mes en la nómina correspondiente al mes siguiente al de su ejecución. «No cabe, en ningún caso, diferir el abono de las horas extras llevadas a cabo al instante en el que se hubieran llevado a cabo las horas de día ordinaria anual del trabajador», detalla el texto.

Desconexión digital

El nuevo convenio tiene dentro un artículo 57 bis, que regula la desconexión digital de los trabajadores de la seguridad privada. Entre otras cosas, reconoce el derecho de los empleados a no atender el teléfono de compañía (u otro dispositivo) fuera de su día de trabajo, vacaciones, días de asueto o bajas. De todas formas, la compañía debe comprometerse a no hacer, «salvo ocasiones de urgencia», llamadas telefónicas, envío de emails o mensajes de cualquier clase fuera del horario de trabajo.

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