Uniformidad del Vigilante Seguridad

Ahora que se acerca el uniforme de verano. Un tema que muchas empresas fallan, es no dotar a sus trabajadores de las prendas mas adecuadas para realizar su trabajo.

Uniformidad del vigilante. Las Empresas tiene que facilitar cada dos años al personal operativo lo que indica el convenio de seguridad, firmado por la patronal y los sindicatos.

Hay empresas que no lo tienen muy claro, al igual que muchos vigilantes de seguridad, por eso si tu empresa no te da la uniformidad correcta, envíale siempre por email el articulo 23 entero subrayado en amarillo. Copia y pega.

Si aun así, no te dan la uniformidad, déjanos un comentario de que empresa es y que excusa te dan y miraremos de ayudar.

El nuevo convenio Seguridad Uniformidad – Articulo 23

Las Empresas facilitarán cada dos años al personal de seguridad operativo habilitado, en sus distintas modalidades las siguientes prendas de uniforme:

  • tres prendas superiores de verano
  • tres prendas superiores de invierno
  • una corbata –si procede-
  • dos chaquetillas o prendas similares
  • dos prendas inferiores de invierno
  • dos prendas inferiores de verano.

Igualmente se facilitará cada año un par de zapatos. Asimismo, se facilitará, en casos de servicios en el exterior, las prendas de abrigo y de agua adecuadas.

Las demás prendas de equipo se renovarán cuando se deterioren. En caso de fuerza mayor, debidamente probada, se sustituirán las prendas deterioradas por otras nuevas.

Las prendas de uniforme a entregar al Guarda Rural serán en las mismas unidades que al Vigilante de Seguridad, añadiéndose aquellas otras distintivas exigidas por las disposiciones legales correspondientes.

Unificación de Uniformidad Seguridad Privada

La uniformidad en Seguridad Privada es un tema que se esta planteando durante varios años y es conveniente ahora que hay cambio legislativo proponer ese paso.

¿El porque de la Unificación Uniformidad del vigilante?

Cada empresa de Seguridad Privada tiene su propio uniforme, esto conlleva a la confusión y el desconocimiento de la ciudadanía que el personal de Seguridad Privada esta para ayudar, unificando la uniformidad se relaciona mejor la idea de que dicho personal esta a disposición del ciudadano y no confunde al ciudadano ya que si es necesaria la intervención del Personal de Seguridad Privada es de fácil reconocimiento ante otro tipo de trabajador.

La unificación de la uniformidad también dejaría a un lado la confusión sobre el personal que no es de seguridad privada al que si esta debidamente habilitado ya que muchas empresas tienen el mismo uniforme para Vigilantes de Seguridad y para Servicios Auxiliares.

Al estar debidamente identificado en su totalidad el personal de Seguridad Privada, cambiaría drasticamente la impresión que se da cara al ciudadano, porque ha fecha de hoy confunden al personal de Seguridad Privada, con cualquiera que preste un servicio en cualquier lugar publico.

Esta medida ayudaría tanto a personas nacionales, como turistas de visita que este personal realiza funciones de Seguridad, con lo que esto conlleva y dar un mejor servicio en General.

Se limitaría drásticamente el intrusismo ya que la ciudadanía sabría perfectamente que está tratando con personal de Seguridad Privada y no con un Auxiliar de Servicios o Portero de Local o personal análogo que no cumple los requisitos y/o no tiene la formación para realizar ese trabajo en Seguridad Privada.

uniforme de un V.S

¿Que proponemos?

Uniformidad cómoda para poder trabajar con total garantía de movimiento para ello proponemos lo siguiente.

GENERAL

Color oscuro, Azul Marino o Negro tanto en pantalón como prenda superior, con parte superior de hombros a mitad de espalda en color azul claro y con el lema (SEGURIDAD) y en la transición de color una franja reflectante. Gorra normal opcional del color del uniforme y emblema constitucional.

Para Verano: Polo manga corta de material transpirable y pantalón de campaña de verano.

Para Invierno: Polo de Manga Larga de material térmico, chaqueta tipo cazadora y chaquetón tipo 3/4 que llegue hasta la cintura.

Necesitamos tu ayuda para cumplir nuestro objetivo, firma la petición. ( Clic Aquí )

31 comentarios en «Uniformidad del Vigilante Seguridad»

  1. Buenos días, comento el tema de mi servicio. Tenemos uniformidad VIP, por lo tanto estamos tanto en verano como en invierno con la misma vestimenta. Nos dieron tres camisas, dos pantalones y una corbata. Después de trece meses hemos reclamado más uniformidad y la empresa se recoge en el convenio. ¿ Es posible reclamar la uniformidad o tiene razón la empresa? Os dejo la duda. Un saludo

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    • Pues lo que dice el convenio; a destacar que las prendas deterioradas (…no hay que justificar si, por uso o por descuido, solo probar que están deterioradas…) han de sustituirse siempre y que tiene que haber de verano y de invierno diferenciadas y en la misma cantidad:
      Artículo 23. Uniformidad.
      Las Empresas facilitarán cada dos años al personal de seguridad operativo habilitado, en sus distintas modalidades las siguientes prendas de uniforme: tres prendas superiores de verano, tres prendas superiores de invierno, una corbata –si procede-, dos chaquetillas o prendas similares, dos prendas inferiores de invierno y dos prendas inferiores de verano.
      Igualmente se facilitará cada año un par de zapatos.
      Asimismo, se facilitará, en casos de servicios en el exterior, las prendas de abrigo y de agua adecuadas.
      Las demás prendas de equipo se renovarán cuando se deterioren.
      En caso de fuerza mayor, debidamente probada, se sustituirán las prendas deterioradas por otras nuevas.
      Las prendas de uniforme a entregar al Guarda Rural serán en las mismas unidades que al Vigilante de Seguridad, añadiéndose aquellas otras distintivas exigidas por las disposiciones legales correspondientes.
      Lo ideal y siendo uniformidad VIP sería implicar al cliente, si no fuera posible y la empresa sigue en sus trece recomiendo inspección de trabajo a través de vuestro contacto sindical.

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  2. Llevo en la seguridad privada bastantes años y el tema de la uniformidad siempre cae en saco roto por desgracia para nuestro sector. Espero que algún día llegue a buen puerto porque algunos van con unas pintas que en lugar de imponer respeto lo que dan es risa.

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    • Se ha de hacer entender a las empresas que somos su imagen pública, que nosotros, con la indumentaria que nos ha de facilitar la empresa somos su imagen ante la sociedad. Muchas lo ven como un gasto, pero otras lo ven como una inversión, y es esto último lo que resulta mejor a medio y largo plazo. No se, yo si tubiera una empresa, yo que se de …. limpieza…. intentaría por todos los medios que mis trabajadores fueran impolutos. O una empresa de catering, lo mismo con el IMC de los trabajadores. Las empresa han de entender eso, o se van a comer un mojón.

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  3. Una duda si me podéis ayudar con el tema de uniformidad. Debe el vigilante recoger su uniformidad en las oficinas de la empresa o debe la empresa facilitársela en su lugar de trabajo? Gracias

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    • Lo mejor es que se pase el vigilante de seguridad por las oficinas se pruebe el uniforme y coja la que necesite. ¿Porque? las tallas la mayoría de las veces varían y lo mejor es probarse el uniforme, ten presente que vas a estar con el muchas horas. Pero la pregunta si la empresa quiere y a ti te va bien te la pueden llevar al servicio.

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      • Pero es o no obligatorio te la lleven al servicio?se entiende ya sabiendo tallas y demás.unos compañeros me dicen ke si salio una resolución ke han de llevártela y otros ke as de ir a por ella.ke hay de verdad en todo esto?

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        • Según tengo entendido hay sentencias que si están obligados, pero por experiencia si por ejemplo hace calor y quieres uniforme de verano a veces tardan semanas en traerte la ropa y si vas alas oficinas es mas rápido.

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  4. Hola buenas, tengo una pregunta.Frente a mi casa hay una obra y los vigilantes no llevan ni uniforme ni placa ni defensa, en definitiva van con ropa de calle.¿ Es legal o es intrusismo?

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  5. Hola soy vigilante una obra y no tengo caseta ,( las hay de encargados etz) me tengo que resguardar en mi coche con mucho frio.le pedido a mi empresa una caseta o que nos den una llave de las que hay y se niegan ,alegando que nuestro trabajo es dar rondas etz y que pa eso tengo mi coche.es legal esto??

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  6. Buenas noches, llevo 2 años y pico trabajando con la uniformidad VIP, mi pregunta es, el plus es el mismo que el uniforme de batalla o es superior por no ser el uniforme normal y de cuanto seria la cuantía en el caso de que no sea el plus que nos pagan normalmente por uniformidad??? Gracias un saludo

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  7. Pueden llamar la atención o incluso imñoner una sanción por llevar camiseta interior???? Y en caso negativo, tiene que ser de un determinado color????

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  8. La empresa me ha dado unos zapatos con puntera rigida, es decir de los que utiliza un albañil en una obra. Mi servicio es de acuda y soy el conductor y no estoy de servicio en ninguna obra.
    Es legal que el Vigilante utilice fuera de una obra ese tipo de calzado.
    Tendría yo sanción en caso de infringir algo.?
    En caso de no tenerlo que utilizar, cual es la ley que recoge el no utilizarlo. ?

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    • Buenas Francisco.
      Son EPI´S que proporciona la empresa, son de obligada utilización. Si no son adecuados, (cosa que desconozco) la sanción sería para la empresa.
      Saludos cordiales.

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  9. la empresa me debe 8 días de vacaciones del año 2021,.. puedo realizar una demanda de cantidades por las vacaciones no disfrutadas (y solicitadas..), o como me ha dicho ellos, que se pueden disfrutar hasta el mes de marzo del año 2022 ..??

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  10. Buenos días.
    En mi servicio todos llevan su uniforme, yo como responsable de equipo utilizo el vip, mi pregunta es.
    Me pueden sancionar seguridad privada por no llevar el mismo uniforme o no pasa nada.

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    • Buenas José.
      Se ha de suponer que tu Jefe de Seguridad (el de la empresa de seguridad) habrá pedido permiso a CNP-seguridad privada.
      De todas maneras el responsable último es tu empresa de seguridad, quien te ha de proporcionar el uniforme, sea cual sea.
      Saludos.

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  11. Si solicitamos para nuestro servicio los chalecos anti-corte, es obligatorio llevarlos siempre, o cuando creamos que la situación lo requiere por nuestra seguridad.
    Seguridad privada puede denunciarnos si no lo llevas? o es un invento de la empresa para no proporcionarlos.

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    • A ver, si solicitas los chalecos y la empresa los dota, con el consiguiente gasto, querrán que los uses, ello no quita para que su uso sea discontinuo en casos concretos, pero claro está, si se entregan de dotación, siendo un EPI tan particular y extraordinario, lo lógico es que los uses la mayor parte del tiempo.

      Las inspecciones de la UCS no suelen denunciar ese tipo de equipos, como norma general.

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  12. Buenas tardes,en mi servicio me han puesto uniformidad VIP,pero me han dado corbata de las que hay que hacerles el nudo,sin velcro y sin clip.
    Creo que no son reglamentarias.
    Que puedo hacer??

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    • Buenas tardes Enrique.
      Te comento, no sé si son o no reglamentarias, lo que si sé es que son peligrosas, yo personalmente me haría con una desmontable, y luego ya pediría explicaciones a PRL de la empresa y si fuera necesario a Inspección de trabajo, pero de momento estaría más seguro.
      Saludos cordiales.

      Responder
  13. En mi servicio nos han puesto uniformidad VIP,con una corbata no homologada es normal de la de hacerse el nudo.
    Me puedo negar a llevarla ??

    Responder
    • Buenas tardes Enrique.
      Te comento, no sé si son o no reglamentarias, lo que si sé es que son peligrosas, yo personalmente me haría con una desmontable, y luego ya pediría explicaciones a PRL de la empresa y si fuera necesario a Inspección de trabajo, pero de momento estaría más seguro.
      Saludos cordiales.

      Responder
  14. Por convenio son tres prendas superiores en invierno¿correcto?a nosotros nos han dado,una chaqueta y un chaquetón,pero el polo de manga larga no.¿están obligados a darlo?porque el chaleco reflectante no es una prenda de invierno¿verdad?

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